Exámenes preocupacionales y de egreso
Resolución 37/10 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Esta resolución dispone lo siguiente:
Art. 2º — Exámenes preocupacionales: objetivos, obligatoriedad, oportunidad de su realización, contenidos y responsables.
El examen preocupacional o de ingreso es un estudio que tiene como propósito determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofísicas para el desempeño de las actividades que se le requerirán. En ningún caso pueden ser utilizados como elemento discriminatorio para el empleo. Servirán, asimismo, para detectar las patologías preexistentes y, en su caso, para evaluar la adecuación del postulante —en función de sus características y antecedentes individuales— para aquellos trabajos en los que estuvieren eventualmente presentes los agentes de riesgo determinados por el Decreto Nº 658 de fecha 24 de junio de 1996.
Queda excluida de los exámenes preocupacionales la realización de reacciones serológicas para la detección de la enfermedad de Chagas-Mazza, conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 26.281.
La realización de los examen preocupacional es obligatoria, debiendo efectuarse de manera previa al inicio de la relación laboral. La realización del examen preocupacional es responsabilidad del empleador, sin perjuicio de que el empleador pueda convenir con su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) la realización del mismo.
Art. 8º — Profesionales y centros habilitados.
Los exámenes establecidos en la presente resolución, deberán ser realizados en centros o instalaciones complementarias (fijas o móviles) habilitados por la autoridad sanitaria y bajo la responsabilidad de un médico del trabajo habilitado ante la autoridad correspondiente.
1. Los estudios previstos en el ANEXO I tienen el carácter de mínimos obligatorios, quedando, no obstante, a criterio de los profesionales intervinientes la realización de otros estudios que no se hallen allí contemplados.
ANEXO I
LISTADO DE LOS EXAMENES Y ANALISIS COMPLEMENTARIOS GENERALES
I. Examen físico completo, que abarque todos los aparatos y sistemas, incluyendo agudeza visual cercana y lejana.
II. Radiografía panorámica de tórax.
III. Electrocardiograma.
IV. Exámenes de laboratorio:
- A. Hemograma completo.
- B. Eritrosedimentación.
- C. Uremia.
- D. Glucemia.
- E. Orina completa.
V. Estudios neurológicos y psicológicos cuando las actividades a desarrollar por el postulante puedan significar riesgos para sí, terceros o instalaciones (por ejemplo conductores de automotores, grúas, autoelevadores, trabajos en altura, etcétera).
VI. Declaración jurada del postulante o trabajador respecto a las patologías de su conocimiento
Terminología de la Resolución
APTITUD: Toda persona es apta para el trabajo a condición que no se encuentre enferma al momento del examen. En ese caso, como condición previa, deberá tratarse, compensarse y/o curarse. Hablamos de compensación y no de curación porque hay muchas enfermedades que no se curan tales como diabetes, hipertensión arterial, gota, Etc.
APTITUD LABORAL: se debe evaluar la tarea propuesta en relación a la capacidad psicofísica del futuro trabajador. No es recomendada por ejemplo que, una persona, con antecedentes de hipertensión arterial e infarto de miocardio, realice tareas de fuerza, como así tampoco una persona que sufre, asma bronquial, desarrolle tareas donde puede haber partículas o humos ambientales.
PREEXISTENCIAS: Son patologías congénitas o bien que vamos adquiriendo con el transcurrir de nuestra vida, como ejemplo podemos observar secuelas de fracturas, lesiones en columna, lesiones auditivas, etc. Estas preexistencias al momento del examen pueden ser causa de disminución de la capacidad laborativa en relación a la tarea propuesta, o bien fuente de futuros conflictos médicos legales (reclamos por traumas acústicos, por lesiones oculares, por lesiones articulares, etc.) por lo que deben ser debidamente detalladas.
FUTURO DESEMPEÑO LABORAL: Este tópico es el que más expectativas genera sobre todo ante la presencia de preexistencias, ya que, ante las mismas, se da en suponer que en el mediano plazo pueden influir en forma negativa en la capacidad laborativa de un trabajador. Esto no es así ya que, justamente, este tipo de exámenes está destinado a preservar la salud del trabajador, dictaminando previamente si la tarea propuesta, es la adecuada para no deteriorar su salud por motivos laborales.
EXAMENES PERIODICOS DE SALUD Y CHECK UP EJECUTIVOS
Examen periódico de salud al personal (art. 9 de la ley 19.587).
Realizados en nuestros consultorios o en la sede de la empresa con unidad sanitaria móvil.
El Examen Periódico de Salud es un examen médico en el cual se intenta confirmar que una persona, presumiblemente sana y que se encuentra cumpliendo una función laboral en forma habitual, no sobrelleve alguna afección que, no corregida a tiempo, pueda deteriorar su salud en forma permanente.
Con la promulgación y reglamentación de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo se determinó que había que poner mayor énfasis en analizar los efectos deletéreos que sobre la salud del trabajador pueden ocasionar las sustancias y/o elementos y/o actitudes corporales a los que se encuentra expuesto por su desempeño laboral.
El mayor empeño en determinar afecciones atribuibles al trabajo dio origen a una subdivisión de la actividad laboral:
a) Actividad Laboral con trabajadores expuestos a riesgos específicos.
b) Actividad Laboral con trabajadores no expuestos a riesgos específicos.
Esta clasificación es la que viene a indicar al empleador con quien debe efectuar los Exámenes Periódicos de Salud que están bajo su responsabilidad, tal como lo determina la legislación vigente
(Ley 19.587 de Higiene y Seguridad).
En el punto a) los Exámenes Periódicos de Salud se realizarán con la ART (Aseguradora de Riesgo del Trabajo) según especificaciones contractuales, siendo ésta la que se ocupa de determinar la periodicidad de los mismos así como los estudios específicos a realizar, cumpliendo disposiciones de la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo).
En el punto b) los Exámenes Periódicos de Salud se realizarán con el Servicio Externo de Medicina Laboral que esté prestándole asistencia, siendo éste quien se ocupa de la búsqueda de afecciones que puedan influir sobre la salud del trabajador y su desempeño laboral sin soslayar por eso, afecciones que puedan ser atribuidas al trabajo y que no figuren en el listado de enfermedades profesionales, cumpliendo disposiciones de la legislación vigente.
El Check Up Ejecutivo consiste en una evaluación médica completa, en un día concertado previamente, a través de un conjunto de análisis, estudios y exámenes, que dan una pauta definida del estado general de salud del personal gerencial de una empresa.
Se sugieren los siguientes estudios:
- Análisis de Laboratorio:
Colesterol total, HDL y LDL, Uricemia, Triglicéridos, Lípidos totales, Fosfatasa ácida y alcalina, Bilirrubinemia, T.G.O, T.G.P, Grupo Sanguíneo y Factor RH, Hemograma, Glucemia, Uremia, Machado Guerreiro, Eritrosedimentación, HIV, Orina completa. - Radiografías de tórax, columna lumbar y columna cervical.
- Examen clínico completo.
- Examen oftalmológico completo.
- Examen neurológico, con electroencefalograma.
- Examen neumonológico, con espirometría.
- Examen cardiológico con electrocardiograma y ergometría.
Libretas sanitarias
Como sacar la Libreta Sanitaria en Capital Federal
La Libreta Sanitaria es un certificado de salud que los trabajadores de diversas actividades deben tramitar realizando estudios para detectar algunas enfermedades de transmisión alimentaria, infecciosa y/o sexual a efecto de evitar su propagación, realizando el diagnostico precoz y el tratamiento oportuno del trabajador.
Los solicitantes deberán pertenecer a los siguientes rubros laborales:
Alimentación: quienes intervienen en todos los procesos que abarcan la industrialización, depósito, transporte, manipulación y venta de productos alimenticios, ya sea en venta ambulante, en locales, delivery, eventos, etc.
Transporte: personal a cargo de la conducción y cuidado de las personas que transportan hacia instituciones asistenciales, de enseñanza y alumnos a instituciones deportivas.
Servicio Social: personal a cargo del cuidado de lactantes, niños o ancianos en guarderías, jardines maternales, comedores comunitarios, hogares o establecimientos geriátricos, asilos y en atención de personas con necesidades especiales.
Servicio Doméstico.
Servicio de Peluquería y afines: quienes se desempeñan en peluquerías, institutos de belleza, spa, masajes y saunas.
Natatorios: personal que se desempeña en natatorios públicos, semipúblicos y especiales.
Hoteles, pensiones, apart hotel, hostal, albergues transitorios y clubes: Mucama, mozo, personal de cocina. Personal de bufete.
Estudiantes: de escuelas de hotelería y gastronomía y cuando efectúen pasantías, comercialicen los productos o los donen.
Actividades vinculadas con la aplicación de: tatuajes, perforaciones, micro pigmentaciones como lo marca la Ley 1897
La Libreta sanitaria deberá tramitarse al comienzo de la actividad laboral y renovarse anualmente.
Donde hacer los estudios para libreta sanitaria y obtener el apto médico.
El certificado de aptitud física lo expiden los médicos matriculados y habilitados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, perteneciente a los subsectores de la seguridad social o privado según lo dispuesto en el Decreto 1068 /2008.
Luego contra la presentación de ese apto médico el Hospital Público que corresponda, según el domicilio del empleo o el domicilio particular del trabajador en caso de trabajador autónomo, emitirá la libreta sanitaria.
Que estudios se requieren.
Examen Clínico, de Laboratorio: Hemograma completo, Eritrosedimentación, V.D.R.L., Placa de Torax, Inmunizaciones obligatorias, marcación de anticuerpos de Hepatitis A.
CONTROL DE AUSENTISMO LABORAL
Medico laboral a domicilio
Control médico laboral en consultorio.
La Ley 20.744 de contrato de trabajo en sus artículos 209 y 210 le otorga el derecho al empleador de auditar las ausencias laborales por enfermedad y obliga al empleado a someterse a dicha auditoria.
El control de ausentismo laboral por enfermedad es un derecho que le asiste al empleador y su correcta utilización no está en pretender ejercer una coerción sobre los trabajadores sino que, a los fines del planeamiento productivo, permite conocer con certeza cuando, un trabajador enfermo, se reintegrará a sus tareas.
La correcta utilización implica además la confección de la Historia Clínica Laboral del trabajador constituyendo ésta, un elemento multipropósito al ayudar a realizar estudios de morbilidad, a deslindar responsabilidades ante denuncia de enfermedades profesionales, como elemento probatorio ante conflictos legales donde el tema salud este de por medio, etc.
En ocasiones se considera que ante una auditoría médica donde el profesional actuante no justifica la ausencia laboral por enfermedad constituye un hecho valiosísimo para el empleador. Sin embargo, a lo sumo, le sirve a éste para comprobar que tiene un colaborador insuficientemente motivado para cumplir con sus tareas o que está frente a una persona conflictiva que no se integra al grupo de trabajo. En realidad debe ser un llamado de atención para el empleador ya que puede estar enfrentando un futuro conflicto laboral o problemas de productividad. La circunstancia con que a un trabajador se lo puede amonestar, o descontar días de trabajos o hacer perder premios, debe causar preocupación pues es sabido que el ser humano actúa en forma positiva por motivación y no por compulsión. No se contrata a un grupo de trabajo para amonestar, descontar días o premios sino que se lo contrata para producir.
Asimismo y ante el hecho conflictual el tener la Historia Clínica Laboral respaldatoria ayuda a absolver posiciones ante el estrado judicial como ya afirmamos.
CURSOS DE CAPACITACIÓN
SALUD OCUPACIONAL
Objetivo general:
La presente propuesta está orientada a fortificar las habilidades y conocimientos relacionadas con la Salud Ocupacional y con la Promoción de la Salud, la misma tiene por objeto que el empleado incorpore el cuidado de su propia salud a su cultura actuando como agente dinamizador en el ámbito social y laboral de pertenencia. Consecuentemente la empresa se beneficiará, actuando como ente promotor de la salud que se objetivará manteniendo sana a su población laboral con reducción de los índices de ausentismo por causas prevenibles, no solo en empleado, sino en los índices de ausentismo secundario atribuibles a enfermedades de familiares.
Características:
Cantidad de horas para cada charla: 45 minutos
Metodología: clases teóricas en modalidad interactiva. Trabajos grupales.
Recursos didácticos: Presentaciones Power Point. Video.
Temática de Cursos
Tabaquismo
Alcoholismo
Alimentación sana
Obesidad
Sedentarismo
Estrés
Hipertensión arterial
Ergonomía de la oficina
RCP y Primeros Auxilios
Enfermedades de transmisión sexual
MANEJO DE ALIMENTOS
Objetivo general:
La presente propuesta está orientada a fortificar las habilidades y conocimientos relacionadas con el manejo de alimentos, la misma tiene por objeto que el empleado incorpore los hábitos necesarios para elaborar de manera segura y que se sientan satisfechos y capaces de lograrlo.
Características:
Cantidad de horas para cada charla: 45 minutos
Metodología: clases teóricas en modalidad interactiva. Trabajos grupales.
Recursos didácticos: Presentaciones Power Point. Vide.
Seguridad ocupacional
¿Qué es la Seguridad Ocupacional?
La humanidad a través de su evolución hasta el estado científico y tecnológico actual, ha estado acompañada de accidentes y enfermedades ocupacionales.
El hombre primitivo se vio afectado por accidentes propios de su actividad, la caza, la pesca, etc.. El desarrollo vertiginoso de la tecnología y los cambios fundamentales en las estructuras sociales, económicas y culturales hicieron de la seguridad ocupacional un componente fundamental del proceso productivo, optimizando los mecanismos de protección.
La aparición en el año 1972 de la Ley 19.587 y en el año 1979 de su Decreto Reglamentario 351/79 y sus modificatorias, más la posterior Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo no hacen otra cosa que confirmar el elevado interés de la sociedad en la materia.
Las estadísticas relativas a accidentes y enfermedades profesionales no pueden de manera alguna reflejar el dolor y sufrimiento que cada suceso produce en la comunidad (víctimas-, familias, amigos, compañeros de trabajo, etc.). Además del costo humano, los siniestros provocan perdidas adicionales a las víctimas, bienes y sociedad en general.
En la actualidad las empresas tienen el convencimiento de la necesidad de mantener el más alto grado de bienestar psicofísico del trabajador y es necesario para ello cumplir con el objetivo de “cero accidentes”.
Nuestro estudio con cincuenta años de trayectoria, pionera en la materia, cuenta con un grupo de profesionales especialistas en la materia con los más altos títulos profesionales y un desenvolvimiento a lo largo del tiempo que los avala se traduce en el concepto que los clientes manifiestan al considerarla entre las consultoras más serias e importantes del mercado, más el equipamiento tecnológico y soporte científico necesario para brindar un servicio de excelencia a su medida.
Es nuestra tarea el cumplimiento de las metas propuestas a nuestros clientes, utilizando para ello entre otras herramientas, la evaluación de riesgos y sus medidas de control, la adecuación al encuadre legal, la capacitación en la materia de todos los niveles jerárquicos, la realización de auditorías en seguridad, atención a inspecciones de reparticiones municipales, provinciales y nacionales, A.R.T., S.R.T., la ejecución del trabajo en equipo con el empresario liderando con el ejemplo e implementación de sistemas de gestión de seguridad y salud ocupacional, comprometiéndonos con el mejoramiento continuo.
Cobertura de salud en eventos
Aunque generalmente nos referimos a la cobertura medica para eventos como el alquiler del servicio de ambulancias para cualquier tipo de acontecimientos, debemos tener en cuenta que el alquiler de una ambulancia no significa una total prevención con respecto a conflictos de salud que puedan presentar quienes asisten al evento ya sea por accidentes que puedan ocurrir, o por otras razones. Es necesario tener en cuenta que la cobertura medica para eventos abarca una gran cantidad de aspectos en cuidado de la salud que se pueden llevar a cabo como medida de seguridad para encontrarse listos en caso de que cualquier tipo de accidente ocurra. Las coberturas medicas son principalmente una especie de seguro medico, en los cuales a cambio de una cierta cantidad de dinero se obtiene un servicio encargado de enfrentar cualquier tipo de situación que se presente con respecto a la salud.
SERVICIOS MEDICO EN PLANTA Y A DOMICILIO
Servicio médico interno de acuerdo al decreto 1338/96.-
Prestamos el servicio con médicos laborales y servicio de enfermería.
Tiene el objetivo de implementar la vigilancia médica en la Empresa efectuando la prevención y atención primaria de la salud, capacitando al personal en primeros auxilios, profilaxis, etc. También colabora con la tareas de control de las condiciones y medio ambiente de trabajo.
Implementa campañas de vacunación y políticas de prevención de adicciones.
Entre otras tareas está en el área del servicio médico interno:
Gestionar médicos a domicilio
Atención en consultorio
Seguimiento de ausentismo por motivos médicos
Seguimiento de enfermedades prolongadas y accidentes
Seguimiento de patologías de base
Atención auditores de ART
Gestiona exámenes de ingreso y egreso del personal.
Realiza informes para auditorías internas y externas.
Responde a requerimientos legales.
Gestiona campañas de prevención
Gestiona entrenamientos y capacitaciones en salud ocupacional.
Controla y repone los insumos médicos
Gestiona aspectos administrativos del área.
SERVICIOS INTEGRALES ART
Entre otros.